Trabajo en notarías por oposición
Las oposiciones son uno de los mecanismos empleados en muchos países para efectuar la promoción en el sistema de notariado y Registro, si bien hay casos en los cuales la misma se hace con base en la antigüedad efectiva de cada notario en su carrera.
Mediante las oposiciones se hace una selección entre un grupo de concurrentes con el fin de seleccionar los más aptos para el ejercicio de una función pública de especial relevancia en las sociedades occidentales: por su credibilidad en la sociedad y su conocimiento de la legislación, los notarios están facultados para testificar por escrito sobre la buena fe de los ciudadanos en determinadas actuaciones (préstamos hipotecarios, constitución de sociedades, venta de acciones o participaciones sociales, venta de inmuebles, entre otros).
Estas pruebas se realizan periódicamente, a través de convocatorias en medios establecidos por la legislación de cada país, buscando llenar las plazas que se encuentren disponibles.
El sistema de oposiciones tiene características distintas según la normatividad de cada país. Generalmente se rigen por un reglamento que determina quiénes pueden participar en las convocatorias, qué tipo de acreditaciones se validan (en términos de formación sobre alguna disciplina jurídica y de experiencia), qué pruebas se deben superar (orales o escritas) y cuáles son los criterios de evaluación que se aplicarán.
Una vez efectuada la selección de las personas que cumplen con los requisitos para las oposiciones, se informa a los candidatos sobre los ejercicios que deben realizar, que generalmente son públicos.
En España se proponen tres ejercicios:
El primero consiste en la redacción de un dictamen sobre una consulta de trascendencia jurídica de varios casos que versan sobre Derecho Civil español, Derecho mercantil y Legislación Hipotecaria.
El segundo plantea el desarrollo oral de tres temas: uno sobre Derecho Civil, otro sobre Derecho mercantil, y el tercero sobre Legislación Hipotecaria o Notarial. Los temas se determinan por sorteo de un cuestionario elaborado por la Dirección General de los Registros y del Notariado.
El tercero consiste en la redacción de un instrumento público de reconocida dificultad. El opositor deberá razonar en pliego aparte sobre la aplicación de los principios legales que se hayan tenido en cuenta para su redacción y la resolución de los problemas planteados.
La ley general exige que los aspirantes a las oposiciones a notario tengan como mínimo una licenciatura en Derecho o un doctorado, aceptando también un título de la misma licenciatura universitaria o grado superior de cualquiera de los estados miembros de la Unión Europa, siempre y cuando acrediten su homologación y reconocimiento titular por parte del Ministerio de Educación y Cultura de origen y la aceptación por parte del ministerio español.
Se considera que las oposiciones permiten efectuar una selección adecuada de los notarios, calificando sus méritos y sus conocimientos.