¿Vale la pena recurrir multas?

La manera más frecuente de recurrir una multa cuando el denunciado piensa que es errónea, es hacer un escrito. Y acerca de todo ello hemos basado este artículo que os ayudará a tomar las decisiones más adecuadas a vuestros casos concretos. Pero vaya por delante que si creéis que la denuncia es correcta y la cuantía no es muy desproporcionada, lo mejor es pagarla en menos de 20 días para poder beneficiaros del ahorro de la mitad del precio de la sanción.

recurrir las multas o no

A continuación, os destacamos los aspectos que debéis tener en cuenta cuando os multen y sobre todo, si pensáis recurrir la infracción. En primer lugar, hay que vigilar que la Administración que nos impone la multa siga el proceso legal, notificándonos que nos ha abierto un expediente, dando la opción al implicado de que pueda defenderse, ya que de no ser así se consideraría una multa nula. Posteriormente, la Administración deberá informarnos de la propuesta de resolución y si el afectado tiene nuevos argumentos que aportar, también podría hacerlo. Si éste fuera el caso, habría que esperar una resolución final que cabría la posibilidad de recurrir. Por tanto, es necesario que la Administración se ajuste a este proceso y debemos estar atentos.

En segundo lugar, hay que remarcar que si el motivo por el que nos multan no está contemplado por la ley o si quien nos multa no es un órgano competente, la infracción quedaría desestimada. Lo mismo ocurre si la Administración no nos notifica la sanción debidamente, es decir, está obligada a hacernos sabedores de que se nos ha abierto un expediente y si al segundo intento tampoco es posible, deberá publicarlo en el Boletín Oficial pertinente; de no ser así quedaría anulada. En este sentido, también hay que controlar el factor tiempo, dado que si la Administración no dicta o notifica la multa en el plazo establecido (depende del caso), quedaría archivado.

Por otro lado, debemos tomar en consideración que para que un agente nos multe, éste debe haber presenciado la infracción, si no fuera así, no tendría validez. De ahí se deduce que, según lo que la Administración dicte o notifique, convendrá o no recurrir la multa. Por último, también es importante saber que si dicho ente no tomase en cuenta nuestras alegaciones, podríamos dirigirnos a los Tribunales de Justicia.



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